Objeto de la ayuda
Ayudas para la atracción de empresas a Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa Galicia FEDER 2021-2027, destinadas a financiar proyectos de inversión empresarial en Galicia mediante inversiones productivas y creación de empleo.
Organismo convocante
Igape – Instituto Galego de Promoción Económica.
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas que realicen inversiones en un centro de trabajo localizado en Galicia.
A efectos de las bases se considerarán PYMES las empresas que, a fecha de solicitud, respondan a la definición de PYME establecida por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, y que tengan forma jurídica de sociedad mercantil, cooperativa o persona autónoma.
Actividades elegibles
Modalidades de actuación:
1. Proyectos de inversión empresarial (I.1)
- Inversiones de entre 800.000 € y 10.000.000 €.
2. Proyectos de inversión con creación de empleo (I.2)
- Proyectos de inversión igual o superior a 100.000 € con creación de 25 o más puestos de trabajo de carácter indefinido a tiempo completo.
Tipología de proyectos subvencionables:
- Creación de un nuevo establecimiento.
- Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
- Diversificación de la producción de un establecimiento existente.
- Cambio fundamental en el proceso global de producción.
En la modalidad I.2 solo se admiten las tipologías de creación de nuevo establecimiento y ampliación de capacidad.
Gastos elegibles
Inversiones subvencionables vinculadas al proyecto, incluyendo:
Obra civil y otros conceptos inmobiliarios:
- Nueva construcción, reforma o rehabilitación de instalaciones.
- Reformas en inmuebles alquilados.
- Adquisición de edificaciones o construcciones nuevas o usadas.
- Cambio de localización dentro de Galicia, con límites por tasación.
- La obra deberá ser ejecutada y facturada por terceros, no siendo subvencionable la compra directa de materiales.
Bienes de equipamiento:
- Maquinaria de proceso.
- Instalaciones técnicas específicas.
- Utillaje (moldes, troqueles, plantillas).
- Equipos productivos.
- Medios de transporte interno y vehículos especiales vinculados a la actividad.
Otras inversiones en activos fijos:
- Mobiliario.
- Equipos para procesos de información.
- Envases o embalajes considerados inmovilizado.
Aplicaciones informáticas:
- Software directamente vinculado al proceso productivo (amortizable, adquirido a terceros no vinculados, afecto al proyecto durante al menos 3 años).
Adquisición de activos de un establecimiento:
- Activos de establecimientos cerrados o que cerrarían sin la adquisición (cumplimiento de condiciones de mercado, ausencia de subvención previa, aquisición a terceros no relacionados con el comprador).
Quedan excluidos:
- Inversiones en reposición o mera sustitución de elementos.
- Costes de traslado de bienes de equipamiento que sean ya propiedad de la empresa.
- Costes de adaptación a normativa vigente, salvo los directamente relacionados con los elementos objeto de inversión.
- Adquisición de las instalaciones en las que la solicitante desarrolla su actividad en régimen de alquiler o derecho de uso.
- Costes de formación en el uso de los elementos objeto de inversión.
- Costes de demolición de edificios o estructuras aisladas no integradas en un proyecto de reforma o rehabilitación.
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
Presupuesto de la convocatoria: 33.470.000 €.
Intensidad de la ayuda:
- 35 % para pequeñas empresas.
- 25 % para medianas empresas.
Base de cálculo:
- Modalidad I.1: inversión subvencionable para proyectos entre 800.000 € y 10.000.000 €.
- Modalidad I.2: costes salariales de hasta 24 meses del nuevo empleo creado en proyectos con 25 o más puestos de trabajo indefinidos a tiempo completo.
Presentación de solicitudes
Plazo: del 28/01/2026 al 30/09/2026.