Ayudas para entidades destacadas en el Programa NEOTEC y NEOTEC Mujeres Emprendedoras 2023

Objeto de la ayuda

Puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran tecnología o conocimientos derivados de la actividad investigadora. Estas ayudas buscan promover el crecimiento de las empresas de base tecnológica en la comunidad gallega, favoreciendo aquellos proyectos que se establezcan en Galicia o se comprometan a trasladar su sede y centro de trabajo a la región. Se prioriza la incorporación de personas con grado de doctor para fortalecer las capacidades de absorción y generación de conocimiento de las empresas beneficiarias.

Organismo convocante

Axencia Galega de Innovación

Beneficiarios

Los beneficiarios de estas ayudas son:

  1. Pequeñas empresas innovadoras que presentaron solicitudes a las convocatorias de referencia (Programa Neotec y Neotec Mujeres Emprendedoras) en el año 2022 y fueron desestimadas debido a la falta de presupuesto.
  2. Deben cumplir con los requisitos de elegibilidad y haber superado los umbrales mínimos establecidos en las convocatorias de referencia.
  3. Deben cumplir una de las siguientes condiciones de sede y localización:
    1. Tener sede social, sede fiscal y centro de trabajo principal en Galicia en la fecha de presentación de la solicitud.
    2. Presentar una declaración de intención de trasladar su sede social, fiscal y centro de trabajo a Galicia en un plazo de un mes desde la fecha de resolución de la convocatoria.
  4. Los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
    1. No estar cotizadas en bolsa, excepto en plataformas de negociación alternativa.
    2. Haber sido constituidas como máximo en los cinco años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
    3. No distribuir beneficios.
    4. Haber iniciado su actividad económica como máximo hace cinco años.
    5. Contar con un capital social mínimo de 20.000 euros, desembolsado íntegramente e inscrito antes de la presentación de la solicitud.
  5. No podrán adquirir la condición de beneficiarios las siguientes entidades:
    1. Pymes que incurran en prohibiciones establecidas en la ley o estén sujetas a un orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea que declare una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    2. Empresas en crisis según la definición contenida en el artículo 2.
    3. Entidades del sector público institucional, excepto sociedades mercantiles públicas.
    4. Entidades que incumplan los plazos de pago establecidos en la Ley General de Subvenciones.
    5. Empresas que hayan sido beneficiarias previamente de ayudas del Programa Neotec, la Resolución de la Agencia Gallega de Innovación o convenios de colaboración para proyectos de desarrollo empresarial presentados al Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial y evaluados favorablemente pero no financiados en el marco del Programa Neotec

Actividades elegibles

La convocatoria apoyará:

  1. Proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos derivados de la actividad investigadora y cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
  2. Se prioriza la incorporación de personas con grado de doctor para fortalecer la absorción y generación de conocimiento de la empresa.
  3. Los proyectos pueden pertenecer a cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial, pero no se adecuan a la convocatoria aquellos cuyo modelo de negocio se basa principalmente en servicios a terceros sin desarrollo de tecnología propia.
  4. Las ayudas se solicitarán para proyectos con una duración de 12 meses (1 año) o 24 meses (2 años), según lo indicado en la solicitud presentada por el beneficiario.
  5. Los proyectos deben iniciarse el 1 de octubre de 2023 y finalizar el 30 de septiembre de 2024 (para proyectos de 1 año) o el 30 de septiembre de 2025 (para proyectos de 2 años).
  6. Los períodos de emisión de facturas y realización de pagos se regirán por lo establecido en el artículo 27.
  7. Para ser elegible, es indispensable que el proyecto esté alineado con los retos, prioridades y ámbitos de priorización de la Estrategia de Especialización de Galicia (RIS3).

El área temática de la Estrategia de Especialización de Galicia (RIS3) se resume de la siguiente manera:

  1. Retos de la RIS3: Son los tres grandes desafíos económicos y sociales identificados para la sociedad gallega. Estos retos abordan la innovación en sectores como los recursos naturales y culturales, la industria sustentada en la competitividad y el conocimiento, y un modelo de vida saludable y envejecimiento activo de la población.
  2. Prioridades RIS3: Son las temáticas transversales en las que se enfocan los esfuerzos del ecosistema de innovación gallego para dar respuesta a los retos estratégicos. Estas prioridades son: desarrollo y aplicación de soluciones para la descarbonización y sostenibilidad, apoyo a la digitalización y orientación de los esfuerzos de I+D+i hacia las necesidades y el bienestar de las personas.
  3. Ámbito de priorización de la RIS3: Son las 29 temáticas que detallan cómo cada prioridad aborda los retos de la RIS3. Estos ámbitos de priorización son transversales y abren oportunidades para diferentes cadenas de valor, fomentando la colaboración entre sectores, mercados y tecnologías.
  4. Cadenas de valor principales de Galicia: Son las principales áreas de actividad económica en las que se enfoca el desarrollo de la región. Estas cadenas de valor incluyen la industria aeroespacial y aeronáutica, la agroalimentación, la automoción, las energías renovables y el almacenamiento energético, la industria forestal y de la madera, la industria del mar y el medio marino, la industria naval, la logística, la salud, la calidad de vida y el envejecimiento, la industria textil y de la moda, el turismo y el patrimonio, y las TIC.

En resumen, la RIS3 Galicia se enfoca en abordar retos estratégicos a través de la innovación, estableciendo prioridades y promoviendo la colaboración en diversas cadenas de valor para impulsar el desarrollo económico y social de la región.

Gastos elegibles

  1. Financiamiento de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras.
  2. Gastos elegibles:
  3. Inversiones en equipos.
  4. Gastos de personal, de acuerdo con los términos establecidos en el artículo 8.
  5. Colaboraciones externas/asesoría, incluyendo informes de evaluación de expertos o certificaciones de auditores externos.
  6. Otros costos, como alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes, seguros y gastos de auditoría (limitados a 4.000 euros en el plan).
  7. Gastos no financiables incluyen gastos financieros, inversiones en terrenos, locales y obra civil, impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación, gastos de promoción y difusión, gastos de mantenimiento y gastos de locomoción y viajes.
  8. Licencias, tasas, impuestos y tributos no son considerados costos subvencionables, aunque el IVA u otro impuesto indirecto equivalente podrían ser elegibles si no son susceptibles de recuperación total o parcial.
  9. Requisitos para la incorporación de doctores en el proyecto, incluyendo perfil adecuado, contrato laboral indefinido a tiempo completo, contratación posterior a la solicitud y antes de ciertos plazos, y permanencia en el proyecto hasta su finalización.
    1. Salario bruto de la persona contratada debe estar entre 30.000 y 50.000 euros. Se permite la contratación por montos mayores, pero el coste máximo elegible será de 50.000 euros más seguridad social a cargo de la empresa por cada doctor de nueva incorporación y año.
    2. Las horas de la persona contratada se imputarán al 100%.
    3. La persona contratada debe tener el título de doctor, obtenido en una universidad española o extranjera, y en el caso de títulos extranjeros, deben ser homologados en España antes de la contratación.
  10. El presupuesto debe coincidir con el revisado por CDTI y se distribuirá por anualidades. Se permite la modificación de las colaboraciones externas para incorporar entidades gallegas, justificando adecuadamente el cambio.
  11. Empresas que trasladen su sede social, fiscal y centro de trabajo a Galicia después de la presentación de la solicitud pueden imputar los costes incurridos por el nuevo centro de trabajo en Galicia desde la fecha de su apertura.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

  • Tipo de ayuda: Las ayudas se concederán en forma de subvención a fondo perdido.
  • Cuantía: La actuación debe tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
  • Intensidad de ayuda:
    • Se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación.
    • El importe máximo de subvención por beneficiario es de 250.000 euros.
    • En caso de incluir la contratación laboral de al menos un doctor, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto de la actuación. El importe máximo de subvención por beneficiario en este caso es de 325.000 euros.

Presentación de solicitudes

Fecha límite para presentar solicitudes: 20/07/2023. Forma de tramitación: Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Event Schedule Details

  • 20 julio 2023
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