Objeto de la ayuda
Puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran tecnología o conocimientos derivados de la actividad investigadora. Estas ayudas buscan promover el crecimiento de las empresas de base tecnológica en la comunidad gallega, favoreciendo aquellos proyectos que se establezcan en Galicia o se comprometan a trasladar su sede y centro de trabajo a la región. Se prioriza la incorporación de personas con grado de doctor para fortalecer las capacidades de absorción y generación de conocimiento de las empresas beneficiarias.
Organismo convocante
Axencia Galega de Innovación
Beneficiarios
Los beneficiarios de estas ayudas son:
- Pequeñas empresas innovadoras que presentaron solicitudes a las convocatorias de referencia (Programa Neotec y Neotec Mujeres Emprendedoras) en el año 2022 y fueron desestimadas debido a la falta de presupuesto.
- Deben cumplir con los requisitos de elegibilidad y haber superado los umbrales mínimos establecidos en las convocatorias de referencia.
- Deben cumplir una de las siguientes condiciones de sede y localización:
- Tener sede social, sede fiscal y centro de trabajo principal en Galicia en la fecha de presentación de la solicitud.
- Presentar una declaración de intención de trasladar su sede social, fiscal y centro de trabajo a Galicia en un plazo de un mes desde la fecha de resolución de la convocatoria.
- Los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
- No estar cotizadas en bolsa, excepto en plataformas de negociación alternativa.
- Haber sido constituidas como máximo en los cinco años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
- No distribuir beneficios.
- Haber iniciado su actividad económica como máximo hace cinco años.
- Contar con un capital social mínimo de 20.000 euros, desembolsado íntegramente e inscrito antes de la presentación de la solicitud.
- No podrán adquirir la condición de beneficiarios las siguientes entidades:
- Pymes que incurran en prohibiciones establecidas en la ley o estén sujetas a un orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea que declare una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- Empresas en crisis según la definición contenida en el artículo 2.
- Entidades del sector público institucional, excepto sociedades mercantiles públicas.
- Entidades que incumplan los plazos de pago establecidos en la Ley General de Subvenciones.
- Empresas que hayan sido beneficiarias previamente de ayudas del Programa Neotec, la Resolución de la Agencia Gallega de Innovación o convenios de colaboración para proyectos de desarrollo empresarial presentados al Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial y evaluados favorablemente pero no financiados en el marco del Programa Neotec
Actividades elegibles
La convocatoria apoyará:
- Proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos derivados de la actividad investigadora y cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
- Se prioriza la incorporación de personas con grado de doctor para fortalecer la absorción y generación de conocimiento de la empresa.
- Los proyectos pueden pertenecer a cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial, pero no se adecuan a la convocatoria aquellos cuyo modelo de negocio se basa principalmente en servicios a terceros sin desarrollo de tecnología propia.
- Las ayudas se solicitarán para proyectos con una duración de 12 meses (1 año) o 24 meses (2 años), según lo indicado en la solicitud presentada por el beneficiario.
- Los proyectos deben iniciarse el 1 de octubre de 2023 y finalizar el 30 de septiembre de 2024 (para proyectos de 1 año) o el 30 de septiembre de 2025 (para proyectos de 2 años).
- Los períodos de emisión de facturas y realización de pagos se regirán por lo establecido en el artículo 27.
- Para ser elegible, es indispensable que el proyecto esté alineado con los retos, prioridades y ámbitos de priorización de la Estrategia de Especialización de Galicia (RIS3).
El área temática de la Estrategia de Especialización de Galicia (RIS3) se resume de la siguiente manera:
- Retos de la RIS3: Son los tres grandes desafíos económicos y sociales identificados para la sociedad gallega. Estos retos abordan la innovación en sectores como los recursos naturales y culturales, la industria sustentada en la competitividad y el conocimiento, y un modelo de vida saludable y envejecimiento activo de la población.
- Prioridades RIS3: Son las temáticas transversales en las que se enfocan los esfuerzos del ecosistema de innovación gallego para dar respuesta a los retos estratégicos. Estas prioridades son: desarrollo y aplicación de soluciones para la descarbonización y sostenibilidad, apoyo a la digitalización y orientación de los esfuerzos de I+D+i hacia las necesidades y el bienestar de las personas.
- Ámbito de priorización de la RIS3: Son las 29 temáticas que detallan cómo cada prioridad aborda los retos de la RIS3. Estos ámbitos de priorización son transversales y abren oportunidades para diferentes cadenas de valor, fomentando la colaboración entre sectores, mercados y tecnologías.
- Cadenas de valor principales de Galicia: Son las principales áreas de actividad económica en las que se enfoca el desarrollo de la región. Estas cadenas de valor incluyen la industria aeroespacial y aeronáutica, la agroalimentación, la automoción, las energías renovables y el almacenamiento energético, la industria forestal y de la madera, la industria del mar y el medio marino, la industria naval, la logística, la salud, la calidad de vida y el envejecimiento, la industria textil y de la moda, el turismo y el patrimonio, y las TIC.
En resumen, la RIS3 Galicia se enfoca en abordar retos estratégicos a través de la innovación, estableciendo prioridades y promoviendo la colaboración en diversas cadenas de valor para impulsar el desarrollo económico y social de la región.
Gastos elegibles
- Financiamiento de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras.
- Gastos elegibles:
- Inversiones en equipos.
- Gastos de personal, de acuerdo con los términos establecidos en el artículo 8.
- Colaboraciones externas/asesoría, incluyendo informes de evaluación de expertos o certificaciones de auditores externos.
- Otros costos, como alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes, seguros y gastos de auditoría (limitados a 4.000 euros en el plan).
- Gastos no financiables incluyen gastos financieros, inversiones en terrenos, locales y obra civil, impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación, gastos de promoción y difusión, gastos de mantenimiento y gastos de locomoción y viajes.
- Licencias, tasas, impuestos y tributos no son considerados costos subvencionables, aunque el IVA u otro impuesto indirecto equivalente podrían ser elegibles si no son susceptibles de recuperación total o parcial.
- Requisitos para la incorporación de doctores en el proyecto, incluyendo perfil adecuado, contrato laboral indefinido a tiempo completo, contratación posterior a la solicitud y antes de ciertos plazos, y permanencia en el proyecto hasta su finalización.
- Salario bruto de la persona contratada debe estar entre 30.000 y 50.000 euros. Se permite la contratación por montos mayores, pero el coste máximo elegible será de 50.000 euros más seguridad social a cargo de la empresa por cada doctor de nueva incorporación y año.
- Las horas de la persona contratada se imputarán al 100%.
- La persona contratada debe tener el título de doctor, obtenido en una universidad española o extranjera, y en el caso de títulos extranjeros, deben ser homologados en España antes de la contratación.
- El presupuesto debe coincidir con el revisado por CDTI y se distribuirá por anualidades. Se permite la modificación de las colaboraciones externas para incorporar entidades gallegas, justificando adecuadamente el cambio.
- Empresas que trasladen su sede social, fiscal y centro de trabajo a Galicia después de la presentación de la solicitud pueden imputar los costes incurridos por el nuevo centro de trabajo en Galicia desde la fecha de su apertura.
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
- Tipo de ayuda: Las ayudas se concederán en forma de subvención a fondo perdido.
- Cuantía: La actuación debe tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
- Intensidad de ayuda:
- Se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación.
- El importe máximo de subvención por beneficiario es de 250.000 euros.
- En caso de incluir la contratación laboral de al menos un doctor, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto de la actuación. El importe máximo de subvención por beneficiario en este caso es de 325.000 euros.
Presentación de solicitudes
Fecha límite para presentar solicitudes: 20/07/2023. Forma de tramitación: Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.