Objeto de la ayuda
Ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes) destinadas a la financiación de bonos de innovación cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se produce a su convocatoria para el año 2023.
En esas ayudas se diferencian tres tipos de bonos de que se agrupan en las siguientes líneas:
- Línea 1. Bonos para servicios de apoyo a la innovación,
- Línea 2. Bonos para gestión de la financiación de la innovación encaminadas a la:
- Tipo A. Tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y bonificaciones en la Seguridad Social de personal investigador
- Tipo B. Tramitación de nuevas solicitudes de financiación a propuestas de I+D+i en convocatorias de ayudas estatales, europeas o internacionales.
Organismo convocante
Agencia Gallega de Innovación
Beneficiarios
Microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que solicitan la ayuda. Cada una de las líneas que componen esta ayuda va dirija a las siguientes entidades:
- Línea 1: Microempresas y pequeñas empresas. Entidades del tercer sector de acción social con actividad económica
- Línea 2: Microempresas, pequeñas y medianas empresas. Entidades del tercer sector de acción social con actividad económica.
Actividades elegibles
Costes de contratación de servicios externos efectuados desde la fecha de presentación de la solicitud y hasta el 6 de octubre de 2023
Cualquier actividad o inversión habrá de ser ejecutada con posterioridad a la solicitud.
Las actuaciones deberán enmarcarse en alguno de los ámbitos de prioridad de la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3) de Galicia 2021-2027:
- Para la línea 1, las actividades serán una o más actividades que estarán incluidas en una memoria descriptiva y con un impacto contrastable en la empresa. Las actividades se realizarán mediante la contratación de servicios de apoyo a la innovación.
Si admitirán aquellas soluciones innovadoras basadas en interconexión del mundo físico y virtual a través de realidad aumentada, la impresión 3D, la automatización avanzada y robótica, así como internet de las cosas, sistemas de inteligencia artificial y ciberseguridad.
- Línea 2: Se estaban dos tipologías diferentes: Tipo A (contratación de los servicios de apoyo para la tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y bonificaciones de la seguridad social de personal investigador con un límite de la ayuda de hasta 5.000,00 €.) y Tipo B (contratación de servicios para la tramitación de nuevas solicitudes de financiación a propuestas de I+D+i en convocatorias de ayudas estatales, europeas o internacionales con un límite de la ayuda de hasta 5.000,00 €)
Gastos elegibles
- Línea 1: Costes de la protección del conocimiento de la innovación industrial en las empresas, costes de gestión de la innovación y vigilancia tecnológica, costes de las acciones estratégicas para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios incluyendo estudios de viabilidad tecnológica e industrial, estudios de mercado, ensayos, convalidaciones y testeo de productos o servicios
- Línea 2: Tipo A (costes de la tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y bonificaciones de personal investigador tanto los relativos a la entidad certificadora acreditada por ENAC, como los relativos a servicios de consultoría o profesionales. Tipo B (costes de la tramitación de nuevas solicitudes de propuestas de I+D+i)
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
- Tipo de ayuda: Subvención no reembolsable
- Cuantía: La cuantía máxima de la ayuda que puede ser concedida a cada beneficiario se determinará sobre la inversión total:
- Línea 1: Inversión (de 15.000 € hasta 50.000 €) y subvención de 7.500 € hasta 35.000€
- Línea 2: Inversión (sin límite) y subvención máxima de 5.000 €
- Intensidad de ayuda:
- Línea 1: 70% con carácter general, excepto para los costes de protección de conocimiento que será del 50%
- Línea 2: 70%
- Presupuesto subvencionable: mínimo de 15.000,00 € y de un máximo de 50.000,00 €
Presentación de solicitudes
Fecha límite para solicitudes: 9/04/2023. Forma de tramitación: a través de la web de la Xunta de Galicia