Obyecto de la ayuda
Ayudas de la Consellería del Medio Rural para las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) para el ejercicio presupuestario de 2023.
Organismo convocante
Consellería do Medio Rural
Beneficiarios
Empresarios individuales o sociedades que sean o vayan a ser titulares de instalaciones objeto de la ayuda dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos del anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren incentivables.
Actividades elegibles
- Inversiones en activos fijos materiales para la creación, ampliación y modernización de las instalaciones situadas en Galicia destinadas a la transformación y/o comercialización de productos agrarios, considerando como tales los productos enumerados en el anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, excepto los productos de la pesca.
- Inversiones relativas a procesos de transformación en los que intervengan productos no incluidos en el anexo I del tratado, si éstos son un componente menor del producto final (cuando su cantidad o su valor económico total no supere el 25 % del peso o valor económico total del producto final)
- Los productos resultantes de los procesos de transformación y/o comercialización podrán ser productos agrarios (incluidos en el anexo I del tratado) o no agrarios (no incluidos en el anexo I del tratado).
No obstante, no serán apoyables:
- Los proyectos en los que el importe total de las inversiones subvencionables sea inferior a 60.000 €.
- En el sector vitivinícola, los proyectos con inversiones solicitadas por un importe total igual o superior a 100.000 €
- Actividades relativas a la producción primaria de productos agrícolas y ganaderos, así como las realizadas en una explotación agraria
- Inversiones relativas a actividades de venta al por menor/al por mayor
- En el sector de la alimentación animal las inversiones en instalaciones dedicadas a elaboración de productos para animales de compañía y cría de peces, nuevas fábricas de piensos (salvo productos ecológicos).
- En el sector cárnico las inversiones en nuevos mataderos de ganado porcino, bovino y pollos, salvo que se deriven del traslado de otro matadero existentes en Galicia
Gastos elegibles
- La construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles
- La compra de maquinaria y equipos nuevos, hasta su valor de mercado.
- La adquisición o desarrollo de programas informáticos, así como adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas relacionadas con los procesos productivos.
- Los costes generales vinculados a los párrafos a) y b) anteriores consistentes en honorarios de proyecto y dirección de obra, así como en estudios de viabilidad. En todo caso, el importe admisible en estos costes no podrá superar el 12 % del importe total de las inversiones subvencionables de los párrafos a), b) y c) anteriores.
Tipo, cuantía e intensidad de ayuda
- Tipo de axuda: subvención y/o una garantía para préstamo
- Garantías de préstamos: del 80 % del riesgo inherente a cada préstamo formalizado destinado a financiar los proyectos de inversión
- Cuantía: entre 300.000 € – 600.000 € aplicables por tramos de la inversión subvencionable total, y establecidos en función de la puntuación derivada de la aplicación de los criterios de valoración:
- Hasta 2 mill. € : 500.000 € -600.000 €
- Exceso de 2 mill. € hasta 4 mill. €:000€ – 500.000 €
- Exceso 4 mill. €: 000 €
- Exceso de 30 mill. €:000 €
A los proyectos con una puntuación superior a 55 puntos no se les aplicará ninguna limitación del importe de subvención por tramos de inversión.
el importe de la subvención o subvenciones concedidas a un mismo beneficiario no será superior a 3.000.000 €
el importe de las subvenciones concedidas a un grupo empresarial no podrá superar el importe de nueve millones de euros.
- Intensidad de ayuda:
- Microempresas y pequeñas empresas: 35-50%
- Empresas medianas: 25-50%
- Empresas no microempresas ni pequeñas o medianas: 15-50%
Presentación de solicitudes
Fecha límite para solicitudes: 28/01/2023 – 30/03/2023. Forma de tramitación: a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia