Ayudas para mejorar la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de Bonos de innovación (IN848F)

Objeto de la ayuda

Ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes) destinadas a la financiación de bonos de innovación cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se produce a su convocatoria para el año 2024.

En esas ayudas se diferencian tres tipos de bonos de que se agrupan en las siguientes líneas:

Línea 1. Bonos para servicios de apoyo a la innovación,

Línea 2. Bonos para gestión de la financiación de la innovación encaminadas
a la:

Tipo A. Tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y bonificaciones en la Seguridad Social de personal investigador

Tipo B. Tramitación de nuevas solicitudes de financiación a propuestas de I+D+i en convocatorias de ayudas estatales, europeas o internacionales.

Organismo convocante

Agencia Gallega de Innovación

Beneficiarios

Microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que solicitan la ayuda.  Cada una de las líneas que componen esta ayuda va dirija a las siguientes entidades:

  • Línea 1: Microempresas y pequeñas empresas. Entidades del tercer sector de acción social con actividad económica
  • Línea 2: Microempresas, pequeñas y medianas empresas. Entidades del tercer sector de acción social con actividad económica.

Actividades elegibles

  • Costes de contratación de servicios externos hasta el 15 de octubre de 2024.
  • Incentivo de ayudas con efecto incentivador desde la fecha de solicitud.
  • Deben alinearse con los ámbitos de prioridad de la Estrategia RIS3 de Galicia 2021-2027.

Línea 1: Bonos para servicios de apoyo a la innovación.

  • Presupuesto subvencionable de €15,000 a €50,000.
  • Actividades deben incluirse en una memoria descriptiva y consolidar capacidades tecnológicas y de I+D+i.
  • Tipologías de servicios de apoyo a la innovación incluyen protección del conocimiento, mejora en gestión de innovación, y acciones estratégicas para nuevos productos, procesos y servicios.
    • No subvencionables: cambios menores, mejoras de importancia menor, acciones de fabricación de prototipos, certificaciones, análisis habituales, acciones formativas, y más.
    • Restricciones para nuevos procesos o servicios basados en tecnologías digitales.

Exclusiones de Actividades.

  • Acciones financiadas por la línea 2.
  • Fabricación de prototipos.
  • Implantación de certificados de calidad, medioambiente, etc.
  • Análisis, ensayos o caracterizaciones habituales.
  • Asesoramiento jurídico y servicios de publicidad, comunicación y comercialización, excepto los relacionados con la línea 1.
  • Acciones formativas.
  • Implantación de soluciones digitales sin innovaciones.
  • Servicios de telecomunicaciones o almacenamiento y hospedaje de información.
  • Arrendamiento de equipos y sistemas físicos de TI o comunicaciones.

Línea 2: Bonos para la gestión de la financiación de la innovación:

  • Tipo A: Contratación de servicios de apoyo para tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y bonificaciones de seguridad social.
    • Límite de ayuda de hasta €5,000.
    • Subvencionables solo actuaciones relacionadas con proyectos certificados por entidad acreditada.
  • Tipo B: Contratación de servicios para tramitación de nuevas solicitudes de financiación a propuestas de I+D+i en convocatorias estatales.
    • Límite de ayuda de hasta €5,000.
    • Requiere presentación de propuestas exclusivamente en Galicia.

Gastos elegibles

Generalidades:

  • Los gastos subvencionables deben respetar los términos de la convocatoria.
  • Exclusivamente costes directos relacionados inequívocamente con las acciones subvencionadas.

Periodo Temporal:

Solo se admiten gastos realizados y pagados dentro de los periodos temporales establecidos para cada línea de ayuda.

Agrupación de Conceptos por Línea:

Línea 1:

  • Costes de protección del conocimiento de la innovación industrial.
  • Costes de gestión de la innovación y vigilancia tecnológica.
  • Costes de acciones estratégicas para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios.

Línea 2:

  • Tipo A: Costes de tramitación de incentivos fiscales y bonificaciones de personal investigador.
  • Tipo B: Costes de tramitación de nuevas solicitudes de propuestas de I+D+i en convocatorias estatales.

IVA no Recuperable:

  • En caso de que el IVA no sea recuperable, se puede considerar como gasto subvencionable.
  • Se requiere presentar un certificado sobre la situación de la entidad con respecto al IVA.

Restricciones en Contratación:

  • No se puede contratar la ejecución total o parcial de las actividades o servicios subvencionados con:
  • Personas o entidades prohibidas según la Ley de Subvenciones de Galicia.
  • Personas o entidades que hayan recibido otras subvenciones para la misma actividad.
  • Intermediarios o asesores con pagos basados en porcentajes del costo total, a menos que esté justificado.
  • Personas o entidades vinculadas, asociadas y/o del mismo grupo empresarial.
  • Personas o entidades solicitantes de ayuda en la misma convocatoria que no hayan sido beneficiarias.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

Tipo de ayuda: Subvención no reembolsable

Cuantía máxima de ayuda: Generalmente, 70% para cada persona beneficiaria.

Línea 1: Inversión subvencionable entre 15.000€ y 50.000€. Costes de protección de conocimiento con subvención máxima del 50%.

Línea 2: Máximo de 5.000€ por bono.

Régimen de concurrencia competitiva

Presentación de solicitudes

Fecha de finalización: 16 de febrero de 2024.

Event Schedule Details

  • 16 febrero 2024
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