Objeto de la ayuda
Esta convocatoria establece las bases reguladoras de una línea de ayudas destinada a fomentar la recría de hembras y machos de las razas autóctonas de rumiantes amenazadas de Galicia. Se busca incentivar la conservación y recuperación de estas poblaciones, garantizando su viabilidad económica y genética a largo plazo y promoviendo un modelo de producción sostenible y adaptado a la realidad agroganadera de la Comunidad. Ayudas en régimen de concurrencia no competitiva y de minimis, de ámbito autonómico.
Organismo convocante
Consellería do Medio Rural (Xunta de Galicia). Fecha de convocatoria: 18 de junio de 2026.
Beneficiarios
- Personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones ganaderas en Galicia, excluyendo las administraciones públicas.
- Deben estar inscritas en el libro genealógico de las razas autóctonas y cumplir las obligaciones establecidas, como registrar los animales nacidos.
- Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y cumplir la Ley de subvenciones de Galicia, sin incurrir en circunstancias que impidan obtener ayudas.
- Se excluyen las administraciones públicas, las empresas en crisis y las solicitudes que no cumplan los requisitos de la normativa.
Actividades elegibles
- Recría de hembras y machos de razas autóctonas de Galicia, incluyendo actividades de reproducción planificada y en pureza.
- No son subvencionables las actividades no relacionadas directamente con la recría (mejoras rutinarias) ni las actividades fuera del ámbito geográfico de Galicia.
- Se excluyen los animales castrados y aquellos que no cumplan el compromiso de permanencia.
- Efecto incentivador: no se concederán ayudas si las actividades se han iniciado antes de la solicitud.
Gastos elegibles
- Gastos de alimentación, sanidad y cuidado de los animales.
- Costes de identificación y registro en el libro genealógico.
- No son elegibles los gastos de personal, logística, viajes, dietas ni otros costes indirectos, ni cualquier gasto no relacionado directamente con la actividad subvencionable.
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
Subvención en régimen de minimis. Presupuesto de la convocatoria: 390.000 € (anualidad 2026).
- Ganado vacuno: hasta 350 € por animal subvencionable de razas de vacuno.
- Pequeños rumiantes: hasta 60 € por animal subvencionable.
- Límite máximo de 15.000 € por persona titular, considerando todas las explotaciones que posea (importe mínimo 60 €).
- Al tratarse de ayuda de minimis, el límite es de 50.000 € por empresa en un período de tres años.
- Los animales subvencionables deben permanecer en la explotación al menos 12 meses desde la finalización del plazo de solicitud.
Presentación de solicitudes
Plazo
Del 2 de julio de 2026 al 1 de agosto de 2026. Presentación 100 % electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. La documentación de solicitud incluye el formulario normalizado, la memoria técnica y la declaración de ayudas de minimis recibidas en los tres años previos. No se requiere documentación adicional de justificación, ya que la comprobación se realiza automáticamente con los datos de la solicitud. Plazo de resolución máximo de cinco meses desde la publicación de la orden (silencio desestimatorio).
Documentos o enlaces de interés