La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.
Organismo convocante
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y Agencia Estatal de Investigación.
a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las Jóvenes Empresas Innovadoras.
b) Los centros tecnológicos.
c) Los centros de apoyo a la innovación tecnológica.
d) Las asociaciones empresariales.
e) Los parques científicos y tecnológicos.
Las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+D adicionales respecto de las que venga realizando la empresa, debiendo justificar en su solicitud la necesidad y el efecto de incentivación de la ayuda. Las personas que se contraten con cargo a estas ayudas deberán participar en la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o en estudios de viabilidad previos, ya sea de manera individual como dentro de un departamento de I+D o junto a otro personal de la entidad beneficiaria, siempre que se cumpla con lo dispuesto respecto al efecto incentivador.
Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, por categorías, son las siguientes:
Se reserva una cuantía máxima de 400.000€ para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
La cuantía total máxima de las ayudas podrá ser incrementada con una cuantía adicional de hasta 6.000.000€ cuando se produzca un aumento de los créditos disponibles antes de la concesión de las ayudas.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 18 de diciembre de 2024 hasta el 28 de enero de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del ministerio.