Convocatoria de ayudas para la ejecución de medidas de promoción del sector vitivinícola en mercados de terceros países 2025

Objeto de la ayuda

Esta ayuda busca facilitar la promoción y el conocimiento sobre los vinos gallegos en países fuera de la Unión Europea para mejorar la competitividad de los mismos. Los programas desarrollados dentro de estas ayudas se desarrollarán entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.

Organismo convocante

Consellería de Medio Rural – Xunta de Galicia

Beneficiarios

Empresas vinícolas, las organizaciones de productores vitivinícolas y sus asociaciones, las organizaciones interprofesionales, o los órganos de gestión y de representación de las denominaciones de origen protegidas (D.O.) e indicaciones geográficas protegidas (IXP) vitivinícolas, así como sus asociaciones, teniendo todas ellas que tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Actividades elegibles

Esta ayuda contempla como actividades elegibles aquellas que contribuyen a promocionar las características y calidades del vino gallego más allá de las fronteras de la Unión Europea, para así mejorar su competitividad en el extranjero mediante la apertura, diversificación o consolidación de mercado en estos países. Las actividades elegibles se desarrollarán durante el año 2025.

Gastos elegibles

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que respondan inequivocamente a la naturaleza de la subacción subvencionada, que se realicen a lo largo del período de ejecución del programa correspondiente y sean abonados por el beneficiario con anterioridad a la solicitud de pago, salvo las excepciones que pueda establecer el órgano competente. Serán subvencionables también:

  • Gastos administrativos del beneficiario, siempre y cando no superen el 4 % del total de los costes subvencionables del programa ejecutado.
  • Gastos de personal contraídos poe el beneficiario. La suma de los gastos de personal no podrá superar el 20 % del total de los costes subvencionables de las acciones ejecutadas

El gasto será subvencionable siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Se lleve a cabo la subacción promocional subvencionada que origina el gasto dentro de la anualidad del programa, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, y
  • El gasto sea efectivamente pagado por el beneficiario con anterioridad a la finalización del plazo de justificación, es decir, antes del 15 de febrero.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

Subvención y entrega dineraria sin contraprestación.

La ayuda financiera de la Unión para las acciones de promoción y comunicación no superará el 50 % de los gastos subvencionables, tal y como se establece en el artículo 59.7 del Reglamento (UE) nº 2021/2115, del Parlamento Europeo y del consejo.

La cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5 % del presupuesto total destinado a la intervención de promoción, recogido en la ficha financiera de la intervención sectorial vitivinícola para el ejercicio financiero correspondiente.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayuda se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. El plazo para solicitar esta ayuda acaba el 15 de septiembre de 2024.

Event Schedule Details

  • 15 septiembre 2024
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