Incentivar en el ámbito de la digitalización industrial tanto la investigación industrial y el desarrollo tecnológico, como la innovación de procesos y de organización de empresas industriales, para impulsar la competitividad del sector industrial.
Las solicitudes de financiación se encuadrarán en una de las siguientes líneas de actuación:
Los proyectos de innovación en materia de procesos y organización realizados por grandes empresas únicamente serán objeto de ayuda si colaboran de manera efectiva con pymes y si las pymes con las que colaboran corren con un mínimo del 30% del total de los costes subvencionables.
Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las prioridades temáticas siguientes:
Podrán ser beneficiarias las sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial y que no formen parte del sector público.
A la línea ACTIVA PYMES sólo podrán acogerse aquellas sociedades mercantiles que cumplan con la definición de pyme (anexo I del Reglamento (UE) No 651/2014).
Las actuaciones para las que solicita financiación el solicitante deben referirse a actividades encuadradas en alguna de las siguientes:
En ningún caso se considerarán como actividades complementarias a la producción industrial las actividades de intermediación o las que tengan como destino el consumidor final.
Tipo de ayuda:
Los apoyos financieros a los proyectos de I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 (ACTIVA Financiación) podrán tener la forma de subvención, de préstamo reembolsable o ser una combinación de ambos. En su solicitud, las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en forma de préstamo reembolsable o de una combinación de préstamo y subvención, con el máximo importe de subvención posible.
El régimen de concesión será de concurrencia competitiva.
Importe máximo de subvención:
La financiación pública total del proyecto no podrá exceder del 80% sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.
El importe de la ayuda en forma de subvención será, como máximo: (i) del 50% del presupuesto financiable en caso de pequeñas empresas; (ii) del 20% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas; (iii) del 5% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas.
En todo caso, el importe máximo de subvención a percibir por proyecto, estará limitado a 400.000 euros en esta convocatoria. En caso de que existiera disponibilidad presupuestaria suficiente, la ayuda máxima en forma de subvención a percibir por proyecto, podría aumentar hasta 500.000 euros.
Las características del préstamo dependerán de la línea seleccionada (ACTIVA PYME o ACTIVA Grandes Implementaciones).
Límites de presupuesto:
El presupuesto mínimo de conceptos financiables para proyectos de la línea ACTIVA-Grandes Implementaciones será de 100.000 euros.
El presupuesto máximo de conceptos financiables para proyectos de la línea ACTIVA-PYME será de 400.000 euros para las microempresas y pequeñas empresas y de 600.000 euros para medianas empresas.
Para las solicitudes encuadraras en la línea ACTIVA-Grandes Implementaciones, serán financiables aquellas actuaciones realizadas con posterioridad a la fecha de solicitud. Además, deberá acreditarse el efecto incentivador de la ayuda.
Desde 25/04/2022 hasta 17/05/2022