Convocatoria de ayudas para la implantación de soluciones avanzadas para el desarrollo de la Economía Circular

El Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) está promoviendo la implantación de soluciones avanzadas para el desarrollo de la economía circular en 2022 cofinanciadas en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

El pasado 18 de julio de 2022 se publicó en el DOG la resolución por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG300F).

Objetivo de la ayuda

Estas ayudas van destinadas a la puesta en marcha de proyectos para el desarrollo de la economía circular con finalidad en el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, logrando reducciones y ahorros en el uso de recursos naturales, agua y energía, y disminución en la generación de residuos, subproductos o desechos, con tendencia a convertirlos en recursos para su uso en otros procesos.

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 29 de julio y terminará el 8 de septiembre de 2022.

Tipo de Ayuda

El gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €.

El importe máximo de subvención será de 200.000 € para proyectos colectivos y de 75.000 € para proyectos individuales.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas siempre que la cuantía de las ayudas acumuladas no supere los porcentajes máximos establecidos en el artículo 6 de las bases reguladoras, con los límites previstos en el artículo 5.2.

Cuantía de la Ayuda

La subvención será del 35% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25% para las medianas.

La subvención será del 50% de los gastos de colaboraciones externas subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas. Los gastos del organismo intermedio previstos en el artículo 3.1.f) de existir tendrán la consideración de colaboraciones externas.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.

Las pymes podrán solicitar ayudas a la tipología de proyectos individuales.

Los interesados en solicitar las ayudas a la tipología de proyectos colectivos deberán constituir una agrupación de las previstas en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, que tendrá que estar constituída, por lo menos, por dos pymes con el centro de trabajo en Galicia.

Modalidades de los proyectos

  1. Proyectos colectivos de simbiosis industrial. Un grupo de empresas con un mínimo de dos empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador.El fin es abordar proyectos de economía circular para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales de manera conjunta.
  2. Proyectos individuales: Una PYME aborda la implantación de un sistema de economía circular, parcial o integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad. Los proyectos de la modalidad 1) tendrán preferencia sobre los de la modalidad 2). El Igape podrá reclasificar los proyectos entre modalidades en caso de que la clasificación propuesta por la empresa no sea correcta.

Objetivos a los que deben dirigirse los proyectos

Los proyectos propuestos para ambas modalidades deben dirigirse a uno o varios de los siguientes objetivos:

  • Reducción del consumo de recursos en el proceso productivo.
  • Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismos y/o facilitar su reutilización, valorización y/o reciclaje.
  • Análisis del ciclo de vida del producto.
  • Identificación e implementación de nuevas oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de los productos.
  • Servitización: reducción del consumo de recursos con el cambio de enfoque a prestación de servicios.
  • Reacondicionamiento, remanufactura y reparación avanzada.
  • Creación de cadenas de valor más cortas. 

Conceptos subvencionables

Se podrán subvencionar los tipos de gasto que cumplan los requisitos establecidos por la Orden HFP/1979/2016, del 29 de diciembre.

  1. Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
  2. Hardware y software para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios.
  3. Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.
  4. Colaboraciones externas de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes y organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto.

El coste subvencionable de las colaboraciones externas no podrá superar el 60% de los costes totales subvencionables.

En los proyectos de la modalidad 1) si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto. Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.

Event Schedule Details

  • 8 septiembre 2022
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