El Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) está promoviendo la implantación de soluciones avanzadas para el desarrollo de la economía circular en 2022 cofinanciadas en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.
El pasado 18 de julio de 2022 se publicó en el DOG la resolución por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG300F).
Estas ayudas van destinadas a la puesta en marcha de proyectos para el desarrollo de la economía circular con finalidad en el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, logrando reducciones y ahorros en el uso de recursos naturales, agua y energía, y disminución en la generación de residuos, subproductos o desechos, con tendencia a convertirlos en recursos para su uso en otros procesos.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 29 de julio y terminará el 8 de septiembre de 2022.
El gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €.
El importe máximo de subvención será de 200.000 € para proyectos colectivos y de 75.000 € para proyectos individuales.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas siempre que la cuantía de las ayudas acumuladas no supere los porcentajes máximos establecidos en el artículo 6 de las bases reguladoras, con los límites previstos en el artículo 5.2.
La subvención será del 35% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25% para las medianas.
La subvención será del 50% de los gastos de colaboraciones externas subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas. Los gastos del organismo intermedio previstos en el artículo 3.1.f) de existir tendrán la consideración de colaboraciones externas.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.
Las pymes podrán solicitar ayudas a la tipología de proyectos individuales.
Los interesados en solicitar las ayudas a la tipología de proyectos colectivos deberán constituir una agrupación de las previstas en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, que tendrá que estar constituída, por lo menos, por dos pymes con el centro de trabajo en Galicia.
Los proyectos propuestos para ambas modalidades deben dirigirse a uno o varios de los siguientes objetivos:
Se podrán subvencionar los tipos de gasto que cumplan los requisitos establecidos por la Orden HFP/1979/2016, del 29 de diciembre.
El coste subvencionable de las colaboraciones externas no podrá superar el 60% de los costes totales subvencionables.
En los proyectos de la modalidad 1) si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto. Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.