Objeto de la ayuda
Favorece el acceso a préstamos a largo plazo para financiar inversiones productivas y/o circulante estructural por parte de las pymes gallegas.
Organismo convocante
Convocado por el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE).
Beneficiarios
- Las pequeñas y medianas empresas.
- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
- Las comunidades de bienes, las sociedades civiles, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Actividades elegibles
Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (Reaval Crecimiento).
El tipo de interés nominal anual para las operaciones de préstamo acogidas a estas bases podrá ser fijo o variable:
D.3.a) Tipo de interés fijo: Será determinado en el momento de la concesión por parte de la entidad de crédito, y será como máximo el resultado de sumar al último IRS (Interest Rate Swap) publicado al plazo más próximo al del préstamo, más un máximo de 1,8 puntos porcentuales.
D.3.b) Tipo de interés variable: A elección de la entidad financiera, el sistema de variación podrá ser tanto por semestres naturales como por reales (en función de la fecha de formalización de la operación), y el tipo de interés a aplicar en cada uno de los períodos será el Euríbor a 6 meses más un diferencial máximo de 1,8 puntos porcentuales.
Gastos elegibles
- Bienes tangibles cuyo uso previsto por la persona beneficiaria sea la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos: Terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para proceso de información y elementos de transporte, así como otro inmovilizado material necesario para el desarrollo de la actividad.
- Bienes intangibles como investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso, y aplicaciones informáticas.
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
- Tipo: Concesión directa – canónica. Préstamo.
- Cuantía: El importe del préstamo a avalar será igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 1.000.000 €.
- Intensidad: el apoyo del Igape consiste en una bonificación de la comisión del aval y, si es el caso, del tipo de interés, y la posibilidad, en aplicación de la normativa vigente de avales del Igape, de reaval de, como máximo, el 25 % del riesgo asumido por las SGR, que facilite el acceso al crédito.
Presentación de solicitudes
El plazo acaba el 30 de septiembre de 2025 a las 14h excepto que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito. Puede presentar la solicitud en el siguiente enlace: https://www.igape.gal/gl/oficinavirtual