Objeto de la ayuda
El Fondo se crea con la finalidad de prestar apoyo financiero para promover inversiones de carácter industrial en España que contribuyan a favorecer el desarrollo industrial, reforzar la competitividad industrial y mantener las capacidades industriales del territorio.
Organismo convocante
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, gestionado por la empresa pública SEPIDES
Beneficiarios
Sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, ya existentes con domicilio social y establecimiento en España, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, apoyando actuaciones orientadas a la sostenibilidad ambiental, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.
Actividades elegibles
Se entenderá que el solicitante desarrolla o va a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales si el proyecto para el que solicita financiación se encuadra en alguna de las siguientes actividades:
- Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009*)
- Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla)
- Actividades complementarias a la producción industrial: mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial como actividades de envasado y empaquetado a escala industrial, actividades de depósito y almacenamiento a escala industrial, actividades de reparación a escala industrial de maquinaria y equipo siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera (actividades incluidas en las CNAE 10 a 32)
- Actividades de servicios a la industria: diseño industrial (actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos y plantas industriales) ensayos y análisis técnicos cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera.
Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.
Por tanto las líneas de actuación van desde la creación de establecimientos industriales (actuaciones orientadas al inicio de una nueva actividad productiva), traslado de establecimientos industriales y mejoras y/o modificaciones de líneas de producción y proceso (modernización de las líneas de producción, implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0” y de actuaciones en las líneas orientadas a la sostenibilidad ambiental (reducción emisiones de gases de efecto invernadero, prevención de la contaminación o introducción de la economía circular)
(*Sección C 10-32 CNAE 2009): Industria de la alimentación, fabricación de bebidas, textil, tabaco, papel, madera, química, fabricación productos informáticos, electrónicos ópticos, maquinaria, equipo eléctrico.
Gastos elegibles
- Activos fijos de carácter material
- Obra Civil: Inversiones en urbanización y canalizaciones.
- Edificación e Instalaciones: Inversiones para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones.
- Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos directamente vinculados a la producción o al proceso productivo.
- Activos fijos de carácter intangible
- Software específico vinculado al proceso productivo.
- Patentes, licencias, marcas y similares.
- Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud
- Gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida.
- Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación.
- Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación).
- Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado.
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
- Tipo de ayuda: Préstamos y participación en el capital temporal y minoritario
- La percepción de apoyo financiero del FAIIP es compatible con cualquier otra financiación, pública o privada.
- Cuantía: La financiación puede ser desde 200 mil euros hasta 60 millones de euros, con carencia de hasta 3 años y una duración total de hasta 10 años.
- Intensidad de ayuda: hasta el 75% del presupuesto financiable del proyecto, siempre y cuando las inversiones en aparatos y equipos de producción y software específico vinculado a producción sean al menos el 50% del mismo.
El importe de la financiación del FAIIP estará limitado a que el riesgo vivo de la empresa con el Fondo, ajustado en el importe cubierto por garantías ejecutables a primer requerimiento, sea como máximo de 5 veces los fondos propios acreditables del solicitante. En el caso de empresas que forman parte de un grupo con obligación de consolidar, esta regla se hace extensiva al riesgo vivo acumulado del grupo.
Presentación de solicitudes
Presentación de solicitudes: 15/06/2021- 31/12/2023. Forma de tramitación a través de la web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo