Galicia Exporta Digital 2024 IGAPE Marketing Digital Internacional (IG272)

Objeto de la ayuda

Apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internacionalización digital conscientes de que el desarrollo de las tecnologías digitales supone un enorme potencial para la mejora de la competitividad en los mercados internacionales.

Organismo convocante

IGAPE

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Las pequeñas y medianas empresas.
  • Que tengan algún centro de trabajo radicado en Galicia. La empresa debe tener como mínimo un trabajador por cuenta ajena el día que se publique esta orden.
  • Que tengan un importe de facturación en el último ejercicio con obligación de depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, o de presentación de la declaración de la renta, como mínimo del doble del presupuesto del proyecto presentado por la empresa en su solicitud de ayuda.
  • Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
  • Que estén dadas de alta en programas avanzados de IGAPE de apoyo a la interna­cionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. En todo caso la solicitud de alta en programas avanzados de IGAPE de apoyo a la internacionalización, deberá presentarse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del IGAPE IG192 excepto los comercios minoristas.
  • Que estén al día de sus obligaciones con la Hacienda Pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.

Actividades elegibles

Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 12.000 € y máximo de 100.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustar el gasto al límite máximo. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo.  En el caso de empresas del sector de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 14.000 € y máximo de 40.000 € y 25.000 € en el caso de empresas del sector de producción agraria.

Gastos elegibles

Serán subvencionables solo gastos realizados después de presentar la solicitud. Habrá de plazo para finalizar las actuaciones y hacer los pagos hasta el 31 de marzo de 2025.

  1. CONSULTORÍA necesaria para la elaboración de:
  • Gastos de asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital. Incluye los gastos relacionados directamente con la operativa digital internacional, como la adaptación al Reglamento general de protección de datos y, en general, a la operativa import-export en el comercio electrónico. Importe subvencionable máximo: 3.000 €.
  1. APLICACIONES INFORMÁTICAS :
  • Soluciones tecnológicas P.I.M. (Product Information Management) para crear, gestionar y conectar catálogos digitales internacionales multilingües. Importe subvencionable máximo: 6.000 €.
  • Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas y con sistemas de información (ERPs). Importe subvencionable máximo: 20.000€.
  • Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar paneles de control con indicadores (KPIs) para el seguimiento y optimización de los canales de venta y marketing en línea. Importe subvencionable máximo: 20.000€.
  • Soluciones de inteligencia automatizada para la optimización de la cadena de suministro y del cumplimiento, por ejemplo, para la venta predictiva y el aprovisionamiento. Importe subvencionable máximo: 18.000€.
  • Soluciones tecnológicas que faciliten la operativa internacional, como la creación de una suite de firma digital, soluciones de facturación electrónica internacional, soluciones de gestión internacional de tasas u otras soluciones de naturaleza similar. Importe subvencionable máximo: 18.000€.
  1. OTROS GASTOS de:
  • CCreación y adaptación de catálogos en línea para el marketing y las ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B como B2C. Importe subvencionable máximo: 4.000 €.
  • Creación y adaptación de aplicaciones online a medida para el B2B en mercados electrónicos objetivos. Importe subvencionable máximo: 20.000 €.
  • Campañas de posicionamiento SEM en directorios internacionales con buscadores y en plataformas, incluidos los gastos de agencia. Importe subvencionable máximo: 12.000 €.
  • Soluciones de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio en línea. Incluye desde la compra de las soluciones tecnológicas (incluida la adquisición mediante pago por uso), su integración, y también su gestión como servicio a vendedores en línea por parte de las agencias. Importe subvencionable máximo: 6.000 €.
  • Creación y adaptación de tiendas en línea, tanto B2C como sistemas de comercio electrónico orientados a la B2B. Gasto subvencionable máximo: 12.000 €.

Costos indirectos del proyecto cubren gastos administrativos, suministros, seguros, mantenimiento o limpieza, con un tipo fijo del 7% sobre los costos directos.

Exclusiones como la no subvención de gastos de renovación de licencias y equipo TIC básico.

No subvencionable el Impuesto del Valor Añadido (IVA) recuperable según la normativa nacional.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

El tipo de ayuda es por orden de entrada, y en régimen de mínimis.

La subvención variará entre los 7.200 € y los 60.000 € dependiendo de la inversión. Sera subvencionable un 60 % de la inversión.

Esta subvención es incompatible con otras ayudas para los mismo gastos.

No se apoyarán solicitudes de empresas que hayan sido beneficiarias de la ayuda IG240- Ayudas a la digitalización industria 4.0 en los años 2022 y 2023,

Presentación de solicitudes

Desde el 4 de enero hasta el 4 de marzo de 2024

Event Schedule Details

  • 4 marzo 2024
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