Objeto de la ayuda
Incentivar la realización de acciones de promoción exterior generadoras de ventajas competitivas que incidan en la proyección y posicionamiento de las empresas gallegas en los mercados internacionales, el IGAPE, podrá conceder subvenciones a fondo perdido a los siguientes tipos de acciones:
- A) Acciones de difusión.
- B) Acciones de promoción.
- C) Acciones de prospección en mercados internacionales.
- D) Acciones de operatividad de la internacionalización.
- E) Costes indirectos.
Organismo convocante
IGAPE
Beneficiarios
- Que cumplan la definición de pyme. Disponible solo para empresas, autónomos o sociedades con personalidad jurídica propia.
- Que tengan algún centro de trabajo radicado en Galicia y que tenga al menos un trabajador cuando se publique la subvención. Si la empresa tiene menos de 42 meses de antigüedad (empresas creadas a partir de junio del año 2020 aproximadamente), no será necesario cumplir el requisito del trabajador.
- Que estén dadas de alta en programas avanzados del IGAPE de apoyo a la internacionalización con informe positivo a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados del IGAPE de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del IGAPE IG192.
- Que estén al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
- Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
Actividades elegibles y gastos elegibles
Sólo se podrá presentar una solicitud por beneficiario.
Son subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de marzo de 2025.
- Acciones de difusión:
a.1. Campañas de publicidad en prensa, revistas, radio o televisión en el extranjero.
- Subvencionables solo los gastos de compra de espacios publicitarios e inserciones.
a.2. Campañas o inserciones publicitarias en catálogos físicos o digitales y/o en páginas web de importadores/distribuidores extranjeros.
- Subvencionables solo los gastos de compra de espacios publicitarios e inserciones.
a.3. Elaboración de catálogos físicos o virtuales para su difusión en mercados extranjeros.
- Subvencionables gastos de diseño, elaboración, edición, montaje, producción, traducción e impresión de catálogos.
Gastos subvencionables:
- No se subvencionan gastos de diseño, elaboración de anuncios, agencia, etc.
- Máximo de gastos subvencionables para todas las acciones de difusión: 20.000 € por solicitud.
- Acciones de promoción:
b.1. Participación como expositor en ferias comerciales internacionales o eventos expositivos internacionales no vinculados a la empresa solicitante.
- No subvencionables las visitas a ferias o eventos.
Gastos subvencionables (acciones presenciales):
- Gastos de viaje.
- Alojamiento en destino final.
- Gastos de alquiler de espacios y/o stand, servicios relacionados.
- Máximo subvencionable por evento: 40.000 €.
- Gasto de entradas.
- Máximo dos entradas por evento (1.500 € máximo)
Gastos subvencionables (acciones virtuales):
- Subvencionados gastos de alquiler de stand virtual y servicios relacionados.
- Límite máximo de gasto: 1.500 € por evento.
b.2. Visitas promocionales a la sede de la empresa en Galicia de clientes.
- Gastos subvencionables: viaje, alojamiento, intérpretes.
- Límite máximo de gasto subvencionable: 5.000 € por persona solicitante.
- Acciones de prospección en mercados internacionales:
c.1. Agendas de reuniones presenciales.
- Gastos subvencionables: servicios de consultoría.
- Límite máximo de gasto: 2.000 € por solicitud.
c.2. Análisis de competencia en el extranjero.
- Gastos subvencionables: servicios de consultoría.
- Límite máximo de gasto: 3.000 € por solicitud.
c.3. Acciones de seguimiento de contactos o clientes existentes en el extranjero.
- Gastos subvencionables: servicios de consultoría, alquiler de locales promocionales.
- Límites máximos de gasto: 2.000 € y 14.500 € respectivamente.
- Acciones de operatividad de la internacionalización:
- Gastos subvencionables: asistencia jurídica, técnica, servicios de traducción.
- Límite máximo de gasto: 14.500 € por solicitud.
- No se permiten renovaciones de registros de marcas, certificaciones o patentes.
Custos indirectos:
- Incluyen gastos administrativos, suministros, seguros, mantenimiento, limpieza.
- Se permite una solicitud por beneficiario con varias acciones de las letras a-d.
Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda
El tipo de ayuda de concurrencia competitiva y en Régimen de Mínimis.
La cuantía de la ayuda será de una subvención del 70% de los costos directos subvencionables. Además, se añade la subvención de los costos indirectos del proyecto, correspondiente a un tipo fijo del 7% sobre los costos directos subvencionables.
Para las acciones incluidas en esta convocatoria, la subvención máxima será de 95.000 € por solicitud y persona beneficiaria.
Presentación de solicitudes
Desde el 4 de enero al 5 de febrero de 2023