Infraestructuras locales 2025

Objeto de la ayuda

Apoyar la puesta en marcha de proyectos de infraestructuras locales de uso compartido que tengan como finalidad el desarrollo del entorno de las empresas y los consumidores, y la modernización y desarrollo de la base industrial, con el fin de mejorar su competitividad.

Organismo convocante

Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE).

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las sociedades mercantiles con centro de actividad en Galicia, con la forma jurídica de Sociedad Limitada o Sociedad Anónima que excedan la definición de pyme.

Actividades elegibles

Serán subvencionables los proyectos de creación de infraestructuras en Galicia que contribuyan a nivel local a mejorar el entorno de las empresas y los consumidores y a modernizar y desarrollar la base industrial, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estarán a disposición de los usuarios interesados de una forma abierta, transparente y no discriminatoria.

b) Deberán permitir la utilización por parte de sus destinatarios mediante una estructura de servicios tarificables en función del uso o consumo que se realice.

c) La concesión u otro tipo de atribución a terceros para explotar las infraestructuras se realizará sobre una base abierta, transparente y no discriminatoria.

d) Deberán prestar servicios que no estén disponibles localmente en el momento de la solicitud, o servicios cuya oferta local no se ajuste a las necesidades de las empresas.

Gastos elegibles

  • Obra civil: acondicionamiento y urbanización, oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto, llevadas a cabo en terrenos propiedad del solicitante, o sobre los que el solicitante tenga un derecho de superficie, concesión administrativa o derecho de explotación similar con una vigencia mínima de 5 años, contados desde la fecha de puesta en marcha de la infraestructura.
  • Adquisición de edificaciones o construcciones por un importe que no exceda del 10% de la inversión total subvencionable.
  • Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipación.
  • Otras inversiones en activos fijos materiales incluyendo mobiliario.
  • Activos intangibles relacionados directamente con el proceso productivo (o con el de prestación de servicios, si es el caso).
  • Los costes de reformas de instalaciones llevadas a cabo en bienes inmuebles arrendados.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

  • Tipo: Subvención y entrega dineraria sin contraprestación, en régimen de concurrencia competitiva.
  • Cuantía e intensidad: El importe de la ayuda será del 60 % aplicado al montante de las inversiones subvencionables menos el beneficio de explotación  calculado a lo largo del período de explotación del negocio , con el límite absoluto de 2.500.000 €.

Presentación de solicitudes

Para presentar la solicitud, la persona representante de la sociedad, deberá cubrir previamente un formulario electrónico descriptivo de las circunstancias del solicitante y del proyecto para el cual solicita la subvención, a través de la aplicación establecida en la dirección de internet https://spiga-sede.igape.es hasta el 1 de octubre a las 14h.

Event Schedule Details

  • 1 octubre 2025
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