Programa INNOVAE

Objeto de la ayuda 

La Orden TED/569/2026, de 4 de junio, aprueba las bases reguladoras para la selección y concesión, en concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética que reduzcan el consumo de energía final mediante la implantación de las mejores tecnologías disponibles. 

La finalidad es contribuir al objetivo nacional de reducción del consumo de energía final 2021-2030 (art. 8 de la Directiva (UE) 2023/1791) y a los objetivos del PNIEC, fomentando la innovación técnica. Se financia con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Se trata de bases reguladoras, no de una convocatoria: el presupuesto, la asignación por subprograma y los plazos de solicitud se fijarán en cada convocatoria del IDAE. 

Organismo convocante 

Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE). Ámbito territorial nacional; régimen de concurrencia competitiva. 

Beneficiarios 

  • Empresas de cualquier tamaño con personalidad jurídica propia y personas físicas con actividad económica (alta en el Censo de la AEAT). 
  • Universidades y centros de I+D; consorcios y agrupaciones empresariales. 
  • Sector público (art. 2 Ley 40/2015); empresas de servicios energéticos (ESE). 
  • Comunidades de propietarios; entidades del Tercer Sector, asociaciones y fundaciones. 
  • Requisitos: domicilio fiscal en España; estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; no incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003; no ser empresa en crisis (art. 2.18 Rgto. 651/2014); solvencia técnica en herramientas digitales avanzadas. 
  • Cada subprograma restringe qué tipos de beneficiario son elegibles (anexo 1.3). 

Actividades elegibles 

Proyectos singulares innovadores que reduzcan el consumo de energía final, en alguno de los cuatro subprogramas: 

  • a) Movilidad sostenible: cambio modal, vehículo/viaje compartido, Big Data/IA aplicada a la movilidad (coste elegible mínimo 200.000 €). 
  • b) Sector industrial: mejora tecnológica de procesos industriales (coste elegible mínimo 100.000 €). 
  • c) ZEB Terciario: renovación profunda de edificios terciarios a cero emisiones (≥2 tipologías, calificación A/B en CO₂; coste elegible mínimo 1.000.000 €). 
  • d) Sustitución de generadores de frío: sustitución de grandes sistemas de refrigeración por compresión mecánica (compresores ≥100 kW; nuevas instalaciones con PCA <150; coste elegible mínimo 100.000 €). 
  • Quedan excluidos los proyectos iniciados antes del registro de la solicitud (efecto incentivador), los que no presenten innovación, los que consistan únicamente en estudios y los que no contribuyan al ahorro de energía final. 

Gastos elegibles 

  • Proyecto de ejecución (ensayos, estudios, pruebas), dirección facultativa, obra civil (máx. 20 % de la inversión elegible) y montaje. 
  • Equipos, servicios, materiales e instalaciones auxiliares; transporte y puesta en marcha; coordinación de Seguridad y Salud. 
  • Auditorías/prediagnósticos energéticos previos y certificado de eficiencia energética. 
  • Costes de gestión de solicitud/justificación (límite 20.000 €) e informes de auditor (límite 10.000 € por informe). 
  • No son elegibles: IVA/IGIC/IPSI recuperable, generadores de calor con combustibles fósiles, equipos usados, explotación y mantenimiento, licencias/tasas/avales/multas, inmuebles/terrenos, seguros, costes financieros, entre otros. 
  • Proyecto de ejecución (ensayos, estudios, pruebas), dirección facultativa, obra civil (máx. 20 % de la inversión elegible) y montaje. 
  • Equipos, servicios, materiales e instalaciones auxiliares; transporte y puesta en marcha; coordinación de Seguridad y Salud. 
  • Auditorías/prediagnósticos energéticos previos y certificado de eficiencia energética. 
  • Costes de gestión de solicitud/justificación (límite 20.000 €) e informes de auditor (límite 10.000 € por informe). 
  • No son elegibles: IVA/IGIC/IPSI recuperable, generadores de calor con combustibles fósiles, equipos usados, explotación y mantenimiento, licencias/tasas/avales/multas, inmuebles/terrenos, seguros, costes financieros, entre otros. 

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda 

Subvención en concurrencia competitiva, acogida al Reglamento (UE) 651/2014 (RGEC), no de minimis. Presupuesto orientativo de 115.000.000 € distribuido en cuatro subprogramas. 

  • Movilidad sostenible: hasta 4.500.000 €/proyecto (dotación 30 M€). 
  • Sector industrial: hasta 2.000.000 €/proyecto (dotación 30 M€). 
  • ZEB Terciario: hasta 3.000.000 €/proyecto (dotación 30 M€). 
  • Sustitución de generadores de frío: hasta 2.000.000 €/proyecto (dotación 25 M€). 
  • Intensidades (Rgto. 651/2014). Art. 38 (movilidad y eficiencia distinta de edificios): 30/40/50 % (gran/mediana/pequeña); en zona asistida hasta 45/55/65 %. Art. 38 bis (ZEB Terciario): 45/55/65 %; en zona asistida hasta 60/70/80 %. Sin actividad económica: 70 % máximo. En Galicia, verificar si el proyecto se localiza en zona asistida para aplicar el tramo reforzado. 
  • Anticipos de hasta el 80 % de la ayuda concedida, con garantía ante la Caja General de Depósitos. 

Presentación de solicitudes 

Plazo 

El plazo de presentación se fijará en cada convocatoria del IDAE (la Orden TED/569/2026 solo aprueba las bases reguladoras). La presentación será 100 % electrónica a través de la sede del IDAE. No se aprobarán nuevas convocatorias a partir del 31 de diciembre de 2030. Plazo de resolución máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria (silencio desestimatorio). 

Documentos o enlaces de interés

Event Schedule Details

  • 31 diciembre 2030
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