Proyectos de ahorro y eficiencia energética

Objeto de la ayuda

Financiar proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas.

Organismo convocante

Convocado por el Instituto Energético de Galicia (INEGA).

Beneficiarios

  • Las empresas legalmente constituidas y autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
  • Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.

Actividades elegibles

  • Línea PAPEME – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes: Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,2 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.
  • Línea PAGE – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas: Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.
  • Línea PAE – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas que reduzcan las emisiones de GEI en, por lo menos, un 30 %: Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,1 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible y que, además, reduzcan por lo menos un 30 % las emisiones de GEI.
  • Línea PAP – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas: Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,2 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.

Gastos elegibles

Se consideran costes subvencionables la elaboración de los proyectos técnicos, dirección facultativa y obra civil relacionados con las actuaciones, el precio de los equipos, su montaje y puesta en marcha, así como los sistemas de monitorización, contabilización y telegestión y las auditorías.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

  • Tipo: subvención. Régimen de minimis.

La intensidad de la ayuda en función del reglamento de aplicación será la indicada en los siguientes subapartados:

a) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 2023/2831 de minimis(empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura):

1º. La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

b) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías), destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios.

La cuantía de la subvención será del 20 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en caso de medianas empresas.

c) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías), destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios.

La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

  1. Se establece una ayuda máxima por expediente de 300.000 euros, en caso de acogerse al Reglamento (UE) nº 2023/2831 de minimisy de 1.000.000 de euros en el caso de acogerse al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías).
  2. La ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00€.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega hasta el 15 de septiembre de 2025, a las 23.59 horas.

Event Schedule Details

  • 15 septiembre 2025
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