Subvenciones 2023 para Empresas que Impulsen Prácticas Profesionales y Formación en Jóvenes Desempleados

Objeto de la ayuda

Se convoca a empresas para subvenciones 2023 en Galicia que contraten jóvenes menores de 30 años desempleados, ofreciendo práctica profesional y formación (código TR353C). El objetivo es mejorar el empleo juvenil, mediante contratos de formación o alternancia, potenciando habilidades para aumentar la empleabilidad y retener talento en la región. Dos líneas de subvenciones:

  • Prácticas profesionales para menores de 30 con diversos títulos educativos.
  • Formación en alternancia para menores de 30, incluso sin cualificaciones previas relevantes.

Organismo convocante

Xunta de Galicia

Beneficiarios

Personas y empresas beneficiarias:

  • Pueden beneficiarse personas empleadoras, empresas (incluyendo autónomos) y otras entidades con jóvenes menores de 30 años en Galicia.
  • Se incluyen centros especiales de empleo y empresas de inserción laboral, excepto para ciertos tipos de contratos.

No elegibles:

  • No pueden recibir ayudas administraciones públicas, sociedades públicas ni entidades sin ánimo de lucro.
  • No son elegibles personas empleadoras o empresas que cumplan ciertas condiciones de la Ley de Subvenciones de Galicia o estén excluidas de los programas de empleo según la Ley de Infracciones y Sanciones en la Orden Social.

Actividades elegibles

Personas destinatarias finales:

  • Personas jóvenes entre 16 y 30 años al momento de la contratación pueden recibir ayudas.
  • Deben estar desempleadas y registradas como demandantes de empleo en Galicia al momento de ser contratadas.

Prácticas profesionales:

  • Requieren poseer títulos universitarios, de grado medio o superior, formación profesional, enseñanzas artísticas o deportivas equivalentes.
  • El contrato debe firmarse dentro de tres años (o cinco para personas con discapacidad) tras terminar los estudios.
  • No deben tener experiencia previa en la misma empresa por más de tres meses.

Formación en alternancia:

  • Deben carecer de la cualificación necesaria para contratos formativos.
  • Pueden tener otras titulaciones, siempre que no hayan tenido contratos formativos similares previos.

Aplicación a contratos preexistentes:

  • Los requisitos aplican a personas con contratos ya existentes para ser elegibles para las subvenciones.

Gastos elegibles

  • Subvencionables bajo este programa:
    • Contrataciones de personas jóvenes por cuenta ajena mediante contratos para prácticas profesionales.
    • Contrataciones de personas jóvenes por cuenta ajena mediante contratos de formación en alternancia.
  • Contratos deben ser:
    • Duración mínima de 12 meses.
    • A jornada completa.
    • Subvencionables tanto para nuevas contrataciones como para contrataciones previas a la solicitud, si cumplen los requisitos.
  • Período de contratación subvencionable:
    • Desde el 16 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023.
  • Para nuevas contrataciones:
    • Plazo máximo hasta 20 días hábiles después de recibir la notificación de la concesión de la ayuda.
    • En todo caso, máximo hasta el 30 de noviembre de 2023.
  • Subvencionable también:
    • Incentivos para la formación en competencias blandas.
    • La formación debe tener una duración mínima de 60 horas.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

El tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido.

Cuantía de las ayudas:

  1. Incentivo a la contratación por 12 meses a jornada completa:
  • Incentivo para personas jóvenes en grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.
  • Incentivo para personas jóvenes en grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.
  • Incentivo para personas jóvenes en grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.
  1. Incentivo a la formación:
  • 000€ por persona joven para formación presencial.
  • 000€ por persona joven para teleformación.

Información sobre la intensidad de la ayuda:

  • Las personas jóvenes deben ser contratadas a tiempo completo bajo la modalidad de obtención de práctica profesional o contrato de formación en alternancia por un mínimo de 12 meses.
  • La subvención se calcula en base a los costos totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social.
  • El salario que reciban las personas jóvenes contratadas debe ser el correspondiente según las normas legales o convencionales, acorde a su categoría profesional y titulación requerida para el puesto subvencionado.

Otras consideraciones sobre la ayuda:

  • El pago de la ayuda se realizará en un solo desembolso después de presentar la documentación justificativa requerida.
  • Las subvenciones de este programa son incompatibles con otras subvenciones o ayudas públicas, sin importar su monto, para el mismo propósito, de diferentes administraciones públicas o sus entidades relacionadas.
  • Sin embargo, pueden ser compatibles, si es aplicable, con bonificaciones o reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • El importe de las subvenciones no debe exceder el costo total de la actividad que la persona empleadora o empresa beneficiaria llevará a cabo.
  • No se considera para la subvención la formación que cumple con las obligaciones legales empresariales en prevención de riesgos laborales, según lo establecido en la Ley 31/1995.

Presentación de solicitudes

Fecha límite: 02/10/2023 a las 23:59 horas.

Event Schedule Details

  • 2 octubre 2023
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