Convocatoria 2020 de ayudas al desarrollo de maquinaria y bienes de equipo (programa MAQUINARIA 4.0)

El Igape convoca estas ayudas que tienen como objeto apoyar el desarrollo, estandarización y comercialización de maquinaria y bienes de equipo en los ámbitos definidos por los agentes industriales de Galicia que presentaron propuestas a la consulta convocada por el Igape mediante Resolución del 4 de septiembre de 2019 (DOG nº 183, del 26.9.2019 y DOG nº 216, del 13.11.2019). El resultado de esta consulta, la resolución de selección de los proyectos y su especificación se puede encontrar en www.igape.es/gl/ser-mais-competitivo/maquinaria-4-0

Beneficiarios potenciales

·Podrán ser beneficiarias individuales de estas ayudas las empresas del sector o ámbito de negocio de la fabricación de maquinaria o bienes de equipo, que sean sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.

·Podrán ser beneficiarias colectivas de estas ayudas las agrupaciones de dos o más empresas en las que por lo menos una de ellas sea del sector o ámbito de negocio de la fabricación de maquinaria o bienes de equipo, y las otras pertenezcan a sectores de la industria o servicios directamente relacionados con el desarrollo del producto para el que se solicita la ayuda. Todas las integrantes de la agrupación deben ser sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos con un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.

*No pueden tener la condición de beneficiarias las empresas cuyo proyecto fuera elegido en el procedimiento previo de consulta.

Tipo de proyectos

·Mejora de la capacidad productiva mediante la inversión material y/o inmaterial, que solo será subvencionable para beneficiarios que sean pymes.

·Desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.

·Innovación en materia de organización: la aplicación de un nuevo método organizativo de las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.

·Innovación en materia de procesos: la aplicación de un método de producción o subministración nuevo o significativamente mejorado (incluidos los cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).

·Estandarización y creación de catálogos de producto.

·Comercialización del producto generado, que comprende actividades de elaboración de propuestas de valor; capacitación del equipo comercial; definición de nuevos mercados; prospección y exploración del mercado, etc.

·Planes de mantenimiento y formación de distribuidores, que comprende actividades de elaboración de los planes de mantenimiento apropiados para los productos desarrollados; homologación de estos; selección y capacitación de los distribuidores; diseño y puesta en marcha de programas de distribución y otras similares relacionadas con el proyecto de desarrollo presentado.

Cuantía de las ayudas y concurrencia

Tipo de convocatoria: subvención en régimen de concurrencia competitiva.

Cuantía de las ayudas

a) Mejora de la capacidad productiva mediante inversión: 30% Pequeña / 20% Mediana.

b1) Desarrollo experimental: 45% pequeña / 35% mediana / 25% grande

b2) Desarrollo experimental (*): 60% pequeña / 50% mediana / 40% grande

c) Innovación en materia de organización: 50% pequeña / 50% mediana / 15%(**) grande.

d) Innovación en materia de procesos: 50% pequeña / 50% mediana / 15%(**) grande

e) Estandarización y creación de catálogos de producto, comercialización del producto generado y planes de mantenimiento y formación de distribuidores: 70% pequeña / 60% mediana / 50% grande.

(*): porcentajes aplicables a proyectos colectivos en los que alguna de las empresas sea pyme y ninguna de las empresas corra por si sola con más del 70% de los costes subvencionables.

(**): solo se asignará esta ayuda en proyectos colectivos en los que exista colaboración efectiva entre pymes y grandes empresas en la actividad objeto de la ayuda, y donde las pymes que colaboran corran con un mínimo del 30% del coste subvencionable.

Presentación de las solicitudes

El plazo de presentación será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (07/02/2020).

Para presentar la solicitud, la entidad solicitante o el líder de la agrupación deberá cubrir previamente un formulario electrónico descriptivo de las circunstancias del solicitante y del proyecto para el que solicita la subvención, a través de http://www.tramita.igape.es. La solicitud se presentará obligatoriamente por medios electrónicos

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  • 8 abril 2020
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