IG300C – Ayudas a la transformación digital de las pymes

Objeto de la ayuda

Estas ayudas están dirigidas a proyectos de digitalización que buscan implementar soluciones para el soporte digital de procesos empresariales o para la interconexión digital de procesos entre empresas gallegas y otras empresas, como la fabricación distribuida, sistemas de facturación y procesos entre líderes industriales y pymes de su cadena de valor.

Organismo convocante

IGAPE

Beneficiarios

  • Podrán beneficiarse de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMEs), incluyendo empresarios autónomos, que tengan un centro de trabajo en Galicia y cumplan con los criterios establecidos por la Comisión Europea para PYMEs según el Reglamento (UE) nº 651/2014.
  • Las PYMEs pueden solicitar ayuda para proyectos individuales según lo descrito en el artículo 1.a).
  • Para proyectos colectivos según lo descrito en el artículo 1.b), las PYMEs deben formar previamente una agrupación, compuesta por al menos dos PYMEs con centro de trabajo en Galicia, y designar un líder de la agrupación como interlocutor con la Administración.
    • Se debe elaborar un documento contractual que incluya la identificación de los miembros, acuerdos de representación, compromisos de ejecución, acuerdos de confidencialidad, gestión de la agrupación y plan de contingencias, entre otros aspectos.

No podrán beneficiarse:

  • Empresas de ciertos sectores especificados en el Reglamento (UE) nº 651/2014.
  • Empresas que prestan o suministran servicios o equipos similares a los que solicitan la ayuda.
  • Agrupaciones sin personalidad jurídica propia, comunidades de bienes u otros tipos de unidades.
  • Empresas que cumplan ciertas condiciones según la Ley 9/2007.
  • Empresas consideradas en crisis según el Reglamento general de exención.
  • Empresas con una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión sobre una ayuda ilegal.
  • Empresas que incumplan los plazos de pago establecidos por la Ley 3/2004.
  • Los solicitantes deben declarar responsablemente que no se encuentran en ninguna situación que los excluya de ser beneficiarios según este artículo. El Igape realizará las comprobaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de estos criterios.

Actividades elegibles

Modalidades de Proyecto:

  • Proyectos individuales para pymes.
  • Proyectos colectivos para grupos de empresas, opcionalmente coordinados por un organismo intermedio.

Proyectos Individuales:

  • Desarrollo de interfaces digitales.
  • Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas.
  • Implementación de sistemas de digitalización o gestión integral.
  • Mejora de la función logística, incluyendo digitalización, automatización y analítica de datos.

Proyectos Colectivos:

  • Implementación de sistemas comunes para interacciones digitales o digitalización de procesos.
  • Mejora de la función logística para un conjunto de empresas.

Requisitos:

  • Los proyectos deben estar finalizados para poder optar al cobro de la subvención.
  • Deben ser técnicamente, económicamente y financieramente viables para la persona solicitante.
  • Deben respetar el principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente.

Gastos elegibles

Inversiones Materiales e Inmateriales:

  • Para pequeñas empresas, hasta el 35% de estas inversiones.
  • Para medianas empresas, hasta el 25%.
  • Excluye adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte exterior, equipamiento de oficina y equipamiento TIC básico.
  • Excepcionalmente, se puede autorizar la adquisición de equipamiento TIC específico y justificado.

Servicios de Consultoría Externa:

  • Subvención del 50% de los gastos en servicios de consultoría para ambas categorías de empresa.
  • Servicios de consultoría deben estar relacionados directamente con la ejecución del proyecto.
  • No se subvencionarán actividades permanentes, periódicas o no vinculadas directamente al objeto del proyecto.Las PYMEs deben contribuir financieramente con al menos el 25% del importe subvencionable.
  • No se admiten proyectos que no generen resultados concretos.

Requisitos

  • Los bienes y servicios adquiridos deben ser necesarios y estar directamente relacionados con el proyecto.
  • Las inversiones deben mantenerse en el centro de trabajo en Galicia durante al menos 3 años después del proyecto.
  • Las inversiones intangibles deben cumplir ciertas condiciones, incluida su exclusividad en el establecimiento beneficiario y su permanencia durante al menos 3 años.
  • Se requieren al menos tres ofertas de diferentes proveedores para contratos superiores a ciertas cantidades.
  • Los proveedores no pueden estar asociados o vinculados con la persona solicitante, a menos que se justifique y autorice excepcionalmente.
  • Los bienes y servicios deben adquirirse a terceros y no pueden exceder el valor de mercado.
  • El IVA no es considerado como gasto subvencionable.
  • Los gastos subvencionables deben cumplir con los plazos de pago previstos por la normativa aplicable.

Tipo, cuantía e intensidad de la ayuda

Tipo

Tramitación en régimen de concurrencia competitiva. Las ayudas son cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027. Incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para el mismo proyecto.

  • Subvención del 35% de las inversiones materiales e inmateriales para pequeñas empresas, y del 25% para medianas.
  • Subvención del 50% de los gastos en servicios de consultoría para ambas categorías de empresa.

Tipos de Proyecto según Importe Subvencionable:

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741.A.7700 y por los siguientes importes y distribución plurianual:

  • Proyectos tipo 1 (<50.000 €): 50.000 € con cargo al año 2024 y 1.450.000 € con cargo al año 2025.
  • Proyectos tipo 2 (entre 50.000 y 120.000 €): 25.000 € con cargo al año 2024 y 1.475.000 € con cargo al año 2025.
  • Proyectos tipo 3 (>120.000 €): 25.000 € con cargo al año 2024 y 1.975.000 € con cargo al año 2025.

Cuantía

El importe subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 € para los proyectos individuales y de 10.000 € por participante para los proyectos colectivos.

Presentación de solicitudes

Hasta el 27/05/2024 a las14:00 horas.

Event Schedule Details

  • 27 mayo 2024
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